MURCIA. Una vez transcurridas dos semanas de la suspensión de la hostelería, la Región de Murcia ha cambiado los criterios de evaluación de la pandemia. A partir de ahora se primarán dos grandes condiciones: la incidencia acumulada y la presión asistencial de los hospitales. Ambos baremos, que han sido consensuados con el Ministerio de Sanidad, estarán en permanente revisión y se analizarán todos los lunes. Es el día fijado para establecer qué localidades avanzan y cuáles no.
El primer factor será el de la tasa de contagios por cada 100.000 habitantes, que recogerá las dos últimas semanas. Abarcará cuatro niveles: baja (menos de 75 casos por cada 100.000 vecinos), media (entre 75 y 250), alta (superior a 250) o muy alta (más de 500).
El segundo factor serán las fases. Se establece una fase 1 y una fase 2. Para pasar de fase 2 a fase 1 hay que bajar de los 400 ingresos o tener menos de 100 enfermos en la UCI.
Las medidas restrictivas se aplicarán tomando como referencia la incidencia acumulada de casos positivos a los 7 días de la última semana epidemiológica, y para levantar las mismas se tomará el indicador de los últimos 14 días, según explican desde la Comunidad. Los indicadores, niveles de transmisión y medidas propuestas estarán en permanente revisión en función de la nueva información y la evidencia científica sobre la covid-19.
A continuación se exponen los detalles de cada uno de los niveles, según ha desglosado la Consejería de Salud en un comunicado:
En los municipios con transmisión baja, esto es, con una incidencia inferior a 50 casos en 7 días e inferior a 75 en 14 días, se permitirá un aforo del 75 por cien en el interior de locales de hostelería, con mesas de un máximo de seis comensales y dos metros de distancia entre ellas. Se autoriza el consumo en barra. Las zonas exteriores podrán tener el cien por cien de aforo, con grupos separados, sentados y de seis personas máximo.
Con respecto al comercio, se mantendrá el 75 por ciento de aforo y se restringirá la permanencia dentro de un local a un cliente si no se puede mantener distancia de seguridad. Con respecto a los mercadillos, se autorizará el 75 por ciento de los puestos. En ceremonias, como bautizos, bodas o funerales, el aforo será del 75 por cien en espacios cerrados y un máximo de 50 personas, y en espacios abiertos se limitará a 100 personas.
En cines, teatros o auditorios el aforo será del 75 por cien siempre que se pueda mantener un asiento de distancia en la misma fila en caso de asientos fijos o de un metro y medio si no hay asientos fijos. En museos y otros equipamientos culturales no habrá restricciones de aforo si se garantizan las medidas de distanciamiento, higiene y prevención.
En los congresos, conferencias, seminarios y otros eventos profesionales no se podrá superar un aforo del 75 por ciento con un máximo de 50 asistentes y garantizando la distancia, higiene y prevención.
En estos municipios, las reuniones seguirán siendo de un máximo de seis personas no convivientes. Con respecto a la movilidad, se recomienda limitar los viajes no esenciales.
En los municipios con transmisión media, esto es con una incidencia de 50 a 150 en los últimos 7 días y de 75 a 250 en los últimos 14 días, se permitirá un aforo del 50 por ciento con un máximo de 30 personas en el interior de los locales de restauración y hostelería y se mantendrá la prohibición del consumo en barra. En el exterior de estos locales se permitirá un aforo del cien por cien con grupos de clientes separados y sentados y de no más de seis personas.
Con respecto al comercio se mantendrá un aforo del 50 por ciento con un máximo de 30 asistentes y se restringirá la permanencia dentro de un local a un cliente en caso de no ser posible la distancia de seguridad. Con respecto a los mercadillos, se autorizará el 75 por ciento de los puestos.
En cines, teatros o auditorios el aforo será del 50 por ciento siempre que se pueda mantener un asiento de distancia en la misma fila en caso de asientos fijos o 1,5 metros de separación si no hay asientos fijos. Con respecto a congresos, conferencias, seminarios y otros eventos profesionales no se superará el aforo del 50 por ciento con un máximo de 30 asistentes y se recomendará en todo caso la realización telemática de estos eventos.
En estos municipios se limitarán al máximo los contactos sociales y las reuniones podrán ser de un máximo de 6 personas. También se recomendará limitar los viajes no esenciales.
En los municipios con transmisión alta o muy alta, esto es, aquellos con una incidencia de 150 a 250 en 7 días y de 250 a 500 en 14 días, respecto a los locales de restauración y hostelería (bares, cafeterías y restaurantes, también los de hoteles), se prohíbe el consumo en barra y la apertura será de un 30 por cien del aforo interior en transmisión alta y de cierre de las zonas interiores de los establecimientos en transmisión muy alta. No se podrá abrir interior de restauración en ningún municipio si el escenario asistencial cumple criterios de fase II o superior.
En las zonas exteriores de establecimientos de restauración, en situación de transmisión alta o muy alta el aforo será del cien por cien, con grupos de clientes separados y sentados, sujetos a las condiciones de reuniones (6 personas). Si el escenario asistencial cumple criterios de fase II o superior, sólo se podrá realizar actividad en terrazas en municipios que registren transmisión baja o media al 100 por cien y al 75 por ciento en los de transmisión alta. Se limita el horario de apertura al público hasta las 23:00 horas en los establecimientos con servicio no esencial.
En velatorios, entierros y ceremonias fúnebres el aforo se reduce al 50 por ciento en espacios cerrados (máximo 15 personas en espacios cerrados y 25 en espacios abiertos) y con distancia de seguridad.
En cines, teatros, auditorios, circos de carpa y espacios similares, así como locales para actos y espectáculos culturales habrá un aforo máximo al 50 por cien, siempre que se pueda mantener un asiento de distancia en la misma fila en caso de asientos fijos o 1,5 metros de separación si no hay asientos fijos, entre los distintos grupos de convivencia. En cuanto a congresos, encuentros, reuniones de negocio, conferencias, seminarios y otros eventos profesionales, solo se celebrarán de forma telemática.
Respecto a la movilidad, se recomendará a la población salir del domicilio solo lo necesario, evitando los espacios cerrados en los que se desarrollan actividades incompatibles con el uso de mascarillas y concurren muchas personas, y se mantendrá el confinamiento perimetral. También se limitarán al máximo los contactos sociales, con reuniones hasta un máximo de 6 personas. Se deben mantener las medidas de distanciamiento e higiene y prevención y la recomendación de permanecer en el domicilio.
Respecto a la actividad física o deporte en grupo no profesional y no federado, si es de ámbito autonómico y nacional, se suspende el inicio de las competiciones hasta el 28 de noviembre, fecha en la que se valorará su reanudación a la vista de la evolución de la pandemia.
Se permiten eventos deportivos no profesionales, no federados, previamente autorizados por la Dirección General de Deportes. En estos casos, se permitirá la asistencia de público, garantizando las medidas de distancia, higiene y prevención y de un aforo de público del 50 por cien, dejando un asiento de separación, siempre que sea en exteriores y el interior estará cerrado al público.
Se autoriza la práctica deportiva en locales cerrados, con un aforo máximo de un tercio de su capacidad, garantizando la distancia de 1,5 metros entre personas o instalaciones fijas. En caso de que dicha separación no fuera posible, el local deberá permanecer cerrado. Será obligatorio el uso de mascarilla quirúrgica durante la práctica deportiva.
Los grupos de entrenamiento o actividad de ámbito autonómico no podrán superar los quince deportistas por monitor en instalaciones cubiertas, y de veinticinco al aire libre, garantizando la distancia interpersonal de seguridad de 1,5 metros. Se suspende el desarrollo de las actividades de las escuelas deportivas municipales y actividades deportivas extraescolares.
En la práctica deportiva federada y profesional de ámbito autonómico, se suspende el inicio de las competiciones hasta el 28 de noviembre, fecha en la que se valorará su reanudación a la vista de la evolución de los datos epidemiológicos. Se permiten eventos deportivos federados previamente autorizados por la federación deportiva correspondiente en coordinación con la Dirección General de Deportes siempre que sea en exteriores y el interior permanecerá cerrado al público. Será obligatorio el uso de mascarilla quirúrgica durante la práctica deportiva.
En caso de la práctica deportiva federada de competición autonómica de menores de 18 años, los entrenamientos podrán desarrollarse en pabellones cerrados cuando estos estén adecuadamente ventilados y se valorará la suspensión de deportes con contacto físico.
En los eventos de ámbito nacional se permiten los federados y profesionales, garantizando las medidas de distancia, higiene y prevención y de un aforo de público de 50 por ciento, dejando un asiento de separación, siempre que sea en exteriores y con interior cerrado. También se valorará la suspensión de deportes con contacto físico.
En todos los casos, se mantendrá la distancia de seguridad, el uso de la mascarilla obligatorio y la prohibición de fumar en terrazas y en vía pública cuando no sea posible mantener la distancia de seguridad. Tampoco estará permitido comer y beber en espacios públicos cuando no sea posible mantener la distancia de seguridad.