MURCIA (EFE). El Gobierno perfila los últimos detalles del proyecto de reforma de la Ley Concursal, que podría recibir el visto bueno del Consejo de Ministros la próxima semana con el objetivo de que su trámite parlamentario comience cuanto antes.
Según informan a Efe fuentes jurídicas, la intención del Ejecutivo es que el texto ingrese a comienzos de enero en el Congreso de los Diputados, donde se evaluará por la vía de urgencia para que entre en vigor antes del 30 de junio de 2022.
Se trata del plazo máximo fijado por España, que incluyó la modernización del marco concursal entre las políticas palanca del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia enviado a Bruselas para recibir los fondos europeos.
En concreto, la componente 13 sobre el impulso a la pequeña y mediana empresa (pyme) prometía a Europa una reforma de la Ley Concursal para la transposición de la directiva comunitaria sobre marcos de reestructuración preventiva, exoneración de deudas y medidas para aumentar la eficiencia de los procedimientos.
Estas novedades, unidas a la Ley de Creación y Crecimiento Empresarial y la Ley de "Startups" fueron presentadas por el Gobierno como una vía "para mejorar el clima de negocios e impulsar el emprendimiento" en el contexto pospandemia.
De acuerdo con el Plan de Recuperación, tanto la aprobación del proyecto de ley por el Consejo de Ministros como la remisión a las Cortes deberían haberse llevado a cabo en el segundo trimestre de 2021, para su aprobación definitiva en el cuarto trimestre del año.
Sin embargo, el anteproyecto, en el que colaboran los ministerios de Justicia y Asuntos Económicos y Transformación Digital, no recibió luz verde hasta el pasado 3 de agosto, una fecha que fue criticada por algunos colectivos ya que, al coincidir con el periodo estival, dificultaba la preparación de alegaciones.
El texto sometido a consulta pública, el único conocido hasta la fecha, tiene como elemento central los planes de reestructuración, que sustituyen a los antiguos acuerdos de refinanciación y buscan facilitar que las empresas deudoras viables dispongan de un instrumento eficaz para evitar la insolvencia o salir de ella.
Éste va dirigido a empresas con dificultades financieras y favorece una reestructuración en un estadio más temprano, cuando se detecten indicios que apunten a una posible insolvencia, frente a la actual exigencia de que sea inminente.
Las alertas tempranas son, precisamente, la base de la directiva; no obstante, desde algunas asociaciones profesionales consideran que las novedades no cumplen con las metas fijadas por Europa.
Para el Registro de Economistas Forenses (Refor), órgano del Colegio General de Economistas de España, el anteproyecto sigue manteniendo algunos aspectos negativos.
En su opinión, se limita a describir de forma "escueta" cómo se llevará a cabo, en 2022, la implantación de "un sistema muy básico que no parece que vaya a permitir detectar los riesgos de insolvencia" de manera eficiente.
Con todo, el principal reproche gira en torno a la exención del crédito público, es decir, de las deudas contraídas con Hacienda y la Seguridad Social, "responsables" del fracaso de las insolvencias.
A esta circunstancia se refiere asimismo el Consejo Económico y Social de España (CES), cuyo dictamen constata que el documento "no sólo mantiene los privilegios vigentes, sino que ha optado por incrementarlos".
Otros colectivos, como la Asociación Profesional de Administradores Concursales (Aspac) que preside Diego Comendador, van más allá y lamentan que el Gobierno haya perdido la oportunidad de incorporar lo que es una realidad en otros países: la existencia de un Estatuto del Administrador Concursal.
Estos profesionales avisan de que excluir su figura de los procedimientos concursales "supondría el colapso definitivo y no se podría ayudar a garantizar la continuidad de empresas viables".
El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) también se han pronunciado sobre la reforma de la Ley Concursal.
Entre otros comentarios, el CGPJ insta a no aplicar la normativa a las microempresas hasta que no se disponga de todos los medios técnicos necesarios para su correcto funcionamiento. El último escollo del proyecto ha sido la opinión del Consejo de Estado, el único criterio vinculante, apuntan las fuentes.
En un acto celebrado esta misma semana, la ministra de Justicia, Pilar Llop, anunciaba que su departamento recibió este último informe el pasado martes. "Aún lo estamos analizando en profundidad para elevar un texto más sólido, y lo vamos a hacer cuanto antes", dijo Llop.
Las fuentes son optimistas con que el proyecto de ley esté listo para el próximo martes, aunque no descartan que, al tener que incorporar los planteamientos del Consejo de Estado, pueda irse al último Consejo de Ministros del año.
En cualquier caso, parece seguro que su puesta en marcha llegará a tiempo, a pesar de que España ha adelantado voluntariamente el plazo marcado por la directiva, que expiraba el próximo 17 de julio.
Desde su aprobación en 2003, la Ley Concursal ha sido modificada en casi una treintena de ocasiones. La última reforma data de 2020, cuando entró en vigor el texto refundido, un documento con pocas novedades de calado más allá de su estructura, que armonizaba la legislación.