MURCIA (EP). La Región de Murcia establece un periodo de veda temporal para el ejercicio de la pesca. La Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente ha declarado una veda temporal para el ejercicio de la pesca en la modalidad de arrastre de fondo en aguas interiores de la Región de Murcia desde este lunes, 14 de febrero, al 27 de marzo, y del 1 al 30 de noviembre, según recoge este lunes el Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM).
El objetivo de esta medida es contribuir con los objetivos de la Política Pesquera Común, y, en especial, asegurar que la explotación de los recursos biológicos marinos vivos restablezca y mantenga las poblaciones de especies capturadas por encima de los niveles que puedan reproducir el rendimiento máximo sostenible.
La propuesta, que entra en vigor este lunes, se ha remitido a las Cofradías de Pescadores de la Región de Murcia y a la Federación que las congrega, que han dado su conformidad.
La Orden recuerda que los días de inactividad no incluidos en la veda temporal y para los que no existan posibilidades de pesca derivadas de limitaciones en la producción pesquera por la aplicación del Reglamento (UE) 1022/2019, por el que se establece un plan plurianual para la pesca demersal en el Mediterráneo occidental, podrán ser objeto de un expediente de regulación de empleo.