EL TSJ LO AUTORIZA PARA TODO EL OCIO NOCTURNO

La Justicia da el 'Ok' a que se exija el certificado covid para acceder a las discotecas de la Región esta Navidad

10/12/2021 - 

MURCIA. El Gobierno regional ya tiene el 'ok' del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) para que sea obligatorio presentar el certificado de vacunación contra el coronavirus, una PCR o un test rápido de antígenos de las últimas 72 horas, para entrar en locales de ocio nocturno hasta el próximo 14 de enero.

La Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJ  ha dispuesto que se podrá pasar al establecimiento también si se acredita haberse recuperado de una infección del virus SARS-CoV-2 y se está en el período comprendido entre los días 11 y 180, ambos incluidos, después de la PCR positiva.

Los propietarios de los locales habrán de informar a la clientela de esta exigencia mediante cartelería visible desde la entrada y de la obligatoriedad del uso de mascarilla salvo en el momento de beber.

Donde el uso del certificado será opcional en el resto de la hostelería. Así, aquellos establecimientos que sí pidan el pasaporte covid se someterán a los niveles de alerta regionales. Estos son los siguientes: para el nivel 1 y 2 se establece un aforo del 100% en el interior; para el nivel 3, un aforo del 75% en el interior; y para el nivel 4 un aforo del 50% en el interior. 

En cambio, aquellos negocios hosteleros que no implanten el pasaporte estarán regidos por los niveles de alerta municipal. Estos son los siguientes: en nivel 1 y 2 se exigirá el 75%, en el nivel 3 será al 50% y nivel 4 estará al 30%.

La sala fija la vigencia de esta medida desde la medianoche del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia hasta la misma hora del 4 de enero de 2022, sin perjuicio de que pueda ser modificada, flexibilizada o dejada sin efecto total o parcialmente en función de la evolución de la situación epidemiológica regional.

La resolución no es firme y cabe contra ella recurso de casación ante el Tribunal Supremo en el plazo de tres días hábiles contados desde la fecha de la notificación.

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