MURCIA. La consejería de Empleo ha ampliado en cinco días el periodo máximo de resolución de los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) por fuerza mayor que tengan su causa en el Covid-19, incluida la declaración del estado de alarma, con el objetivo de reforzar la seguridad jurídica de las empresas. De esta manera, el plazo pasa de cinco a diez días.
Así consta en la orden publicada hoy en un suplemento del BORM “por la que se acuerda la ampliación del plazo máximo de resolución y notificación del procedimiento de suspensión de contratos y reducción de jornada por causa de fuerza mayor, contemplado en el artículo 22 del Real Decreto-Ley 8/2020 de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del Covid-19”.
Si hasta ahora el plazo máximo de resolución de los ERTE era de cinco días, el gran número de las solicitudes formuladas en la Comunidad y derivadas de la suspensión de actividades, ha llevado a que este plazo sea de difícil cumplimiento.
El volumen de las solicitudes presentadas en la Región (20.049 hasta de hoy) y, sobre todo, de aquellas que se van a seguir presentando en los próximos días hacen imposible la resolución y notificación de los procedimientos en el plazo de cinco días, según destacan desde la Consejería.
Además de reforzar el equipo de funcionarios que revistan los ERTE, la Consejería insiste en su petición al ministerio de Trabajo de que elimine la obligación de constatación de la fuerza mayor por parte de la autoridad laboral, y que sea suficiente una declaración responsable de la empresa.