MADRID (EP). La Junta Electoral Central (JEC) ha confirmado la apertura de un expediente sancionador al Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS) por su encuesta sobre el periodo de reflexión de Pedro Sánchez, hecha en pleno periodo electoral y sin avisar al organismo arbitral, y ha señalado que la multa al presidente, José Félix Tezanos, puede llegar a los 30.000 euros.
Aquella encuesta, que el CIS organizó de urgencia realizando en un día más de 1.800 entrevistas telefónicas, no sólo preguntaba a los ciudadanos sobre el periodo de reflexión que se había impuesto el presidente del Gobierno, sino que incluyó una pregunta sobre intención de voto y se completaba con una estimación de voto de ámbito nacional, todo ello pese a que estaba obligado a informar al organismo arbitral dado que hay dos procesos electorales en marcha: las elecciones catalanas y las europeas.
La nueva estimación de voto dio la vuelta a los resultados del barómetro que el CIS había hecho veinte días antes y el PSOE apareció disparado casi diez puntos por encima del PP.
En su reunión de este lunes, la Junta Electoral Central acordó estimar la denuncia del PP y acordó incoar un expediente sancionador al CIS y a su presidente. Y en la resolución enviada este martes, recogida por Europa Press, el organismo arbitral detalla que el CIS vulneró la Ley Electoral y desatendió la instrucción de la JEC del pasado mes de febrero, lo que supone una infracción que puede conllevar una multa de 300 a 30.000 euros que, en su caso, deberá abonar Tezanos como máximo responsable.
Por su parte, el CIS ha pedido a la Abogacía del Estado que interponga un recurso contencioso administrativo contra el acuerdo de la Junta Electoral Central por el que se abrió expediente al centro y a su presidente. Así lo ha anunciado el instituto demoscópico público tras recibir este martes la notificación del acuerdo.
El organismo que preside el sociólogo socialista niega los incumplimientos legales que le achaca la JEC y alega que en aquella encuesta flash no se preguntó por la intención de voto para las elecciones catalanas ni para las europeas. Según destaca, únicamente se incluyeron preguntas sobre el voto en unas generales similares a las que realiza en sus barómetros mensuales.
"Hay que recordar que actualmente no hay convocadas elecciones generales, ni, por lo tanto, existe obligación alguna para el CIS en lo concerniente a los períodos electorales de este tipo de comicios", se defiende el centro en un comunicado.
Añade que, en cualquier caso, el CIS publicó en su web los resultados del estudio sobre el parón de Sánchez a las dos de la tarde del 29 de abril, "mucho menos tiempo que las 48 horas hábiles exigidas" por el artículo 69.8 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG).
TVE debe compensar esta semana a los rivales de Illa
A su vez, la Junta Electoral Central ha confirmado que la entrevista con el presidente Pedro Sánchez que RTVE emitió el pasado lunes tras su periodo de reflexión altera el reparto de tiempos del plan de cobertura para las elecciones catalanas del próximo domingo, por lo que insta a la corporación pública a compensar esta semana a los rivales del PSC de Salvador Illa con entrevistas en horario de máximo audiencia.
Esa entrevista fue denunciada por ERC y el PP, que incluso llegaron a pedir que no se emitiera, aunque sus escritos no llegaron a tiempo de ser analizadas con antelación.
En una resolución enviada este martes y recogida por Europa Press, la JEC recuerda que RTVE, como medio público, estaba sujeta a un plan de cobertura durante la campaña electoral de las catalanas, en el que los tiempos de entrevistas y de informativos están tasados para preservar la neutralidad.
El organismo arbitral asume que estas previsiones "no son óbice para que puedan producirse hechos informativos relevantes que merezcan la atención de un medio público y que den lugar a su legítima cobertura informativa al margen de los planes aprobados", y por ello no cuestiona la entrevista y la ve justificada.