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nuevas medidas a partir del 9 de mayo 

Fin del estado de alarma: qué se puede hacer y qué no en la Región de Murcia

8/05/2021 - 

MURCIA. La Región de Murcia dice adiós al cierre perimetral autonómico y al toque de queda con el fin del estado de alarma. No habrá más prórroga de dos restricciones que se han mantenido vigentes desde finales de octubre. Ambas prohibiciones se eliminan en la medianoche de este sábado, a las 00.00 horas ya del domingo. El Boletín Oficial regional publica este sábado la orden. Desde el 9 de mayo habrá libertad de movimiento por cualquier parte del país, pues ninguna autonomía ha cerrado sus territorios.

La Comunidad murciana se adentra en un nuevo escenario, pero no son las únicas novedades. También cambian los aforos de las reuniones e interiores de los bares, que se amplían a seis personas. Eso sí, la actividad no esencial volverá a estar restringida entre las doce de la noche y las seis de la mañana. El presidente murciano, Fernando López Miras, ya ha adelantado que las restricciones se irán levantando cada semana si la situación epidemiológica sigue mejorando en la Región. Esto es lo que se puede hacer y lo que no en los municipios de la Región de Murcia, según las indicaciones del Gobierno recopiladas por Murcia Plaza

Adiós al toque de queda... pero ojo

-¿Sigue en vigor el toque de queda?

-No. Se acabó el toque de queda.

-¿Se puede salir a la calle de su municipio de residencia con libertad?

-Sí, en cualquier momento.

-¿Puede abrir cualquier establecimiento?

-No. La Comunidad ha levantado el toque de queda pero, a cambio, ha impuesto el cierre de la actividad no esencial de madrugada. Esto significa, por ejemplo, que los bares no podrán abrir más allá de las doce de la noche. 

-¿Cuándo tendrá que cerrar la actividad no esencial?

-Desde las doce de la noche hasta las seis de la mañana.

-¿Quiénes son los servicios esenciales?

-Sanitarios, farmacias, gasolineras y centros de producción de bienes y servicios de primera necesidad, entre otros.

Viajes... por todo el país

-¿Se puede salir de la Región de Murcia para desplazarse a una provincia vecina como Alicante, Almería o Albacete?

-Sí, se puede salir de la Comunidad.

-¿Se puede viajar a cualquier parte de España?

-Sí, porque ninguna comunidad mantiene el cierre perimetral. El País Vasco era la única que lo quería imponer, pero la Justicia se lo ha tumbado. La Región también quería prorrogarlo, pero al final no lo ha hecho.

-¿Cuántas ciudades de la Región de Murcia se encuentran confinadas perimetralmente?

-Ninguna.

Foto: OMEGA

Reuniones entre seis amigos como máximo

-¿Se pueden reunir varios amigos en una casa ajena?

-Sí.

-¿Cuál es el límite de asistentes a una reunión en un domicilio privado?

-Seis no convivientes.

-¿Y en cualquier otro lugar cerrado?

-Ídem: seis no convivientes.

-¿Y cuántas personas se pueden reunir en un lugar abierto? 

-En espacios públicos, abiertos o cerrados, el máximo también es de seis no convivientes.

-¿La limitación de las reuniones afecta al ámbito laboral?

-No. La actividad laboral está excluida de las restricciones de las reuniones, pues se considera una actividad reglada.

-¿Se puede quitar la mascarilla en algún momento del día?

-Solamente con las personas convivientes y en espacios privados.

Nuevos aforos en bodas

-¿Se pueden celebrar bodas?

-Sí. Nunca han estado prohibidas, pero no eran recomendables. Desde hace una semana Salud ha dejado de desaconsejarlas.

-¿Cuál es el aforo para el templo -o cualquier otro lugar de culto-?

-En espacios cerrados, el 50%. Se recomienda el servicio telemático o por TV.

-¿Y la ceremonia?

-Se permite un máximo de 50 asistentes en espacios cerrados, con un aforo máximo del 50%. 

Si es un lugar al aire libre, se permite hasta 100 personas, sentados en mesas de seis comensales como máximo.

-¿Los invitados de las bodas deben facilitar sus datos personales?

-Sí. Los invitados deben entregar sus datos y las referencias de las mesas para facilitar las labores de rastreo en caso de un brote en la ceremonia. 

Foto: OMEGA

Más interiores en bares y restaurantes

-¿Se puede comer en el interior de un restaurante?

-Sí, en los 45 municipios de la Región. 

-¿Cuántos comensales se pueden sentar en el interior de un bar?

-Seis como máximo, salvo que sean convivientes. El aforo estará limitado al 30%.

-¿Y en las terrazas?

-Seis personas por mesa, salvo convivientes.

-¿Cuál es el aforo permitido de las terrazas?

-El 100%.

-¿Es obligatorio usar la mascarilla cuando no se está comiendo ni bebiendo?

-Sí. Aunque sean convivientes. En una terraza solamente se puede quitar la mascarilla -obviamente- para comer y beber.

-¿A qué hora pueden cerrar los bares?

-Pueden abrir desde las seis de la mañana hasta las doce de la noche. 

-¿Los locales nocturnos y las discotecas pueden abrir?

-No. Su actividad sigue suspendida desde el verano. Nunca han podido abrir desde entonces. Los establecimientos han pedido su reapertura, pero la Comunidad se opone.

-¿Se puede ir al bingo?

-Sí. También pueden abrir los casinos y los locales de juego. 

-¿Cuál es el aforo del bingo?

-El 50% en los municipios con un riesgo medio-alto; el 75% con riesgo bajo. 

-¿A qué hora cierran los casinos, los bingos y los locales de juego?

-A las doce de la noche.

-¿Se puede comer en el bingo?

-Sí.

Foto: JUANCHI LÓPEZ

Coches, motos y autobuses

-¿Cuántas personas pueden circular en un vehículo privado?

-El 50% de la capacidad del coche cuando se suban viajeros no convivientes. 

-¿Es obligatoria la mascarilla?

-Sí, están obligados a usar mascarilla todos los pasajeros, salvo que sean no convivientes.

-¿Y si el coche tiene cinco plazas? ¿Cuántos pueden viajar?

-Si el vehículo tiene cinco plazas, podrán subir tres no convivientes. Esto es así porque si el número de asientos es impar, se redondea al alza.

-¿Y los convivientes?

-El 100%. Si son convivientes, se pueden ocupar todas las plazas y no hay obligación de colocarse la mascarilla.

-¿Pueden ir dos personas en una moto?

-Sí. Eso sí, deberán usar guantes de manera obligatoria.

-¿Cuántos pasajeros pueden ir en un taxi?

-Dos personas por fila, salvo convivientes, y tiene que quedar libre el asiento contiguo al conductor.

-¿Y en un autobús?

-El 80% de la ocupación del autobús. Es la misma cantidad para el tranvía de Murcia. La mascarilla es obligatoria. Si el número de asientos es impar, se redondea al alza. Si se trata de un autobús privado, entonces es del 60%.

Los comercios, según el municipio

Foto: JUANCHI LÓPEZ

-¿Cuál es el aforo de un comercio?

-Depende del riesgo del municipio. En nivel extremo, muy alto o medio-alto, la capacidad máxima es del 50%. Si el riesgo es bajo, el aforo es del 75%.

-¿Cuántas poblaciones registran un riesgo de peligro muy alto?

-Ninguna.

-¿Y un riesgo medio-alto?

-Catorce: Puerto Lumbreras, Ricote, Alhama de Murcia, Lorquí, San Pedro del Pinatar, Cieza, Águilas, Fuente Álamo, Torre Pacheco, Beniel, Lorca, La Unión, Cartagena y Ceutí

-¿Y un nivel bajo?

-El resto: Alcantarilla, Molina de Segura, Murcia, Abanilla, Mazarrón, Bullas, Jumilla, Santomera, Mula, Archena, Las Torres de Cotillas, Caravaca de la Cruz, Alguazas, Librilla, Cehegín, Totana, Villanueva del Río Segura, Blanca, San Javier, Calasparra, Abarán, Fortuna, Yecla, Los Alcázares, Ojós, Pliego, Albudeite, Moratalla, Ulea, Aledo y Campos del Río.

¿Y en nivel extremo?

-Ulea.

-¿A qué hora cierran los comercios?

-El máximo se sitúa en las doce de la noche. A partir de esa hora únicamente pueden abrir los establecimientos esenciales, recogidos en el decreto del estado de alarma.

-En los mercadillos, ¿cuántos puestos se pueden colocar?

-El 75% de todos los puestos autorizados si es al aire libre. Si es un recinto cerrado y el riesgo es extremo, alto o medio-alto, el 50% del aforo.

-¿Pueden colocarse los puestos de mercadillos antes de las 6 de la mañana?

-No, no pueden. El toque de queda lo impide porque no son una actividad esencial.

Hoteles

¿Se puede dormir en un hotel o en un albergue turístico?

-Sí. Las zonas comunes pueden acoger el tercio del aforo en riesgo muy alto; la mitad, en riesgo medio-alto; y el 75%, en riesgo bajo.

-¿Los albergues pueden dejar dormir en la misma estancia a personas de diferentes grupos convivientes?

-Solamente en los municipios con riesgo bajo.

Actividades culturales

-¿Pueden abrir las bibliotecas? 

-Sí.

-¿Y los museos y salas de exposiciones?

-Ídem. 

-¿Con qué ocupación?

-Depende del riesgo de alerta. En baja, el 100%; en medio-alta, el 75%; en muy alta, el 50%.

-¿Cuántos amigos pueden ir en grupo a una biblioteca?

-Un máximo de diez no convivientes en municipios con riesgo bajo. En el resto, el máximo es de seis no convivientes.

-¿Cuántos grupos pueden visitar el museo?

-Se aplica la misma regla que en las bibliotecas.

-¿Pueden abrir los cines, los teatros y los auditorios?

-También. Las entradas deberán estar numeradas y las butacas tendrán que estar separadas por un metro y medio de distancia. Está prohibido comer y beber. Y cerrarán a las diez de la noche.

-¿Y cuál es su aforo?

-En riesgo muy alto o medio-alto, el 50%. En riesgo bajo, el 75%.

-¿Los parques y jardines estarán abiertos?

-Sí, aunque los municipios en riesgo extremo o muy alto tendrán que echar el cierre a partir de las siete de la tarde. Se debe respetar la distancia mínima y el consumo de alcohol está prohibido.

Foto: SILVIA DURANTE

Funerales y velatorio

-¿Cuál es el aforo de un velatorio de un municipio en riesgo bajo?

-Se permite un máximo de 100 personas al aire libre y un máximo de 50 en lugares cerrados. El aforo de interiores siempre será del 75%.

-¿Y un funeral de una ciudad en riesgo medio-alto, muy alto o extremo? 

-Un máximo de 25 asistentes en espacios abiertos. El 50% si es un lugar cerrado, con un máximo de 15 personas.

Congresos y actos multitudinarios

-¿Se puede celebrar un congreso, una conferencia o un evento similar? 

-Sí, salvo para los municipios en riesgo muy alto o extremo.

-¿Cuáles el aforo de un congreso?

-En riesgo bajo, el 75% del aforo, con un máximo de 50 personas. En riesgo medio-alto, el 50% del aforo, con un máximo de 30 personas. Se recomienda que asistan sólo las personas esenciales.

-¿Se puede organizar un acto multitudinario?

-Están suspendidos los actos que aglutinen a más de 200 personas en el interior, a más de 500 sentadas en el exterior o a más de 100 de pie en el exterior.

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