EL PLENO APRUEBA LA NUEVA ORDENANZA DE MOVILIDAD

Estas son las normas para el uso de los patinetes eléctricos en Murcia sin sanción

22/03/2024 - 

MURCIA. Murcia ya tiene nueva ordenanza de movilidad. Tras ser aprobada por el Pleno después de someterse a exposición pública durante un periodo de un mes y estudiarse las alegaciones presentadas, el documento ha recibido el visto bueno de forma definitiva.

Una de las principales novedades de este texto es la regulación, también por primera vez, del uso de los vehículos de movilidad personal (VMP), por lo que se establecen las normas por las que se deberán regir los usuarios de los patinetes en Murcia. La ordenanza de movilidad establece que la edad mínima para el uso de patinetes son los 15 años y por debajo de ese límite sólo podrán usar este tipo de vehículos los menores acompañados y bajo la supervisión de sus progenitores o tutores legales.

También se prohíbe su uso por aceras y otras zonas peatonales. Los patinetes deberán circular de forma preferente por los carriles bici situados en la calzada; los carriles bici marcados sobre las aceras a velocidad moderada y no excediendo los 10 kilómetros por hora; las calles de plataforma única con zonas delimitadas a 30 y 20 kilómetros por hora y demás zonas de coexistencia de diferentes tipos de usuarios. Además de calzadas de ciclocalles y otras vías de sentido único donde esté limitada la velocidad de circulación a los 30 kilómetros a la hora; y los carriles señalizados a 30 kilómetros por hora en calzadas con varios carriles de circulación y siempre que no incurra en una velocidad anormalmente reducida.

Además, el uso del casco en los VMP es recomendable, salvo que circulen por vías interurbanas, en las que el casco será obligatorio. Y también se establece como recomendación el contar con un seguro de responsabilidad civil que les dé cobertura en caso de accidente para daños a terceras personas, daños personales o materiales.

Durante el periodo de exposición pública, el texto inicial de la ordenanza de movilidad recibió 187 alegaciones, de las que 22 fueron informadas favorablemente y 8 de forma parcial, mientras que el resto se desestimaron, ya que muchas de ellas eran simples opiniones o propuestas que incurrían en contradicciones con la normativa.

Las alegaciones estimadas han sido incluidas en la ordenanza, ya que mejoran, clarifican o definen mejor la regulación que persigue la misma. Entre ellas destacan algunas de la DGT (Dirección General de Tráfico), como la que modifica la definición de peatón como ‘las personas que empujan o arrastran un coche de niño o de una persona con discapacidad o cualquier otro vehículo sin motor de pequeñas dimensiones’. También se ha incorporado una instrucción de la DGT mediante la cual todos los vehículos de movilidad personal deberán contar con un certificado de circulación a partir de enero de 2027 para poder ser utilizados en la vía pública.

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