MADRID (EFE). España ha levantado este sábado la restricción temporal de viajes no imprescindibles a las personas procedentes de Indonesia, que se mantenía debido a la pandemia de coronavirus, pero ha impuesto estos límites a los pasajeros procedentes de Singapur y Ucrania.
El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica este sábado una disposición general del Ministerio del Interior que modifica los criterios para la aplicación de la restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen por razones de orden público y salud pública con motivo de la crisis sanitaria.
La disposición indica que el Consejo UE ha acordado excluir a Singapur y Ucrania e incluir a Indonesia en el listado de terceros países, regiones administrativas especiales y demás entidades y autoridades territoriales cuyos residentes no se ven afectados por la restricción temporal de viajes, y por tanto España procede a modificar la Orden INT/657/2020, de 17 de julio, por la que aplican las recomendaciones europeas.
La Recomendación 2020/912 del Consejo, de 30 de junio, estableció un listado de terceros países cuyos residentes quedaban exentos de las restricciones de viaje a la Unión Europea, así como un conjunto de categorías específicas de personas también exentas de esas restricciones, independientemente de su lugar de procedencia.
Y luego esta Recomendación ha sido modificada en sucesivas ocasiones para ir adaptando el listado a las circunstancias epidemiológicas o para realizar determinados ajustes en los criterios aplicados.