CARTAGENA. El Consejo Económico Administrativo (CEA) del Ayuntamiento de Cartagena ha dado un giro inesperado al caso que enfrenta a Repsol y al consistorio cartagenero por la bonificación del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) en el proyecto C-43 (la primera planta de biocombustibles avanzados y que recientemente se ha puesto en marcha).
El Órgano de Gestión Tributaria (OGTC) del Ayuntamiento de Cartagena había girado a Repsol una liquidación provisional del ICIO por valor de 3.843.881,92 euros. Esta cantidad representaba el 100% del impuesto sin aplicar la bonificación solicitada por la empresa.
El Órgano de Gestión Tributaria consideró que no se justificaron adecuadamente las circunstancias sociales y de empleo exigidas y lo desestimó. La solicitud de bonificación de Repsol no solo fue denegada por el OGTC, sino que también recibió un rechazo en el Pleno Municipal. La Comisión de Hacienda dictaminó en contra de la bonificación, y el Pleno, en su sesión del 26 de enero de 2024, aprobó la propuesta por unanimidad.
Ante la negativa del Ayuntamiento, Repsol decidió recurrir al CEA. En su reclamación, la empresa alegaba que no se le había dado la oportunidad de defenderse adecuadamente y que el Ayuntamiento no había tenido en cuenta la documentación que acreditaba la creación de empleo.
Repsol se acogió al artículo 7.1.c) de la Ordenanza reguladora del ICIO, aplicable al momento de la solicitud, BORM nº 302, de fecha 31 de diciembre de 2020 para acogerse a una rebaja del 55% del ICIO, que indicaba que: “c. Fomento de empleo: Gozarán de una bonificación de hasta el 95% de la cuota del Impuesto, las construcciones, instalaciones y obras que sea declaradas de especial interés o utilidad municipal por concurrir circunstancias sociales y culturales de fomento de empleo, ejecutadas por empresas de nueva creación o por traslado de instalaciones a otras de nueva construcción de empresas existentes en el término municipal de Cartagena. En la solicitud se acompañará la siguiente documentación: - Memoria justificativa del interés social o utilidad municipal, así como que se trata de una nueva empresa (no se tendrán en cuenta fusiones, absorciones, cambios de denominación y similares).
En empresas de nueva creación se deberá justificar para la declaración, al menos la creación de los siguientes puestos de trabajo, excluidos los directivos, que dará lugar a la siguiente: bonificación en la cuota: Por creación de empleo de 10 a 15 empleos nuevo 25%. Por creación de empleo de 15 a 30 empleos nuevos 55%. El cómputo de nuevos empleos se realizará por diferencia entre número de trabajadores equivalentes a fecha de apertura de nueva obra menos número de trabajadores equivalentes antes de la solicitud de licencia. El número de trabajadores equivalentes antes de la solicitud se computa como la media anual de trabajadores equivalentes del año anterior a la solicitud. Los empleos deberán mantenerse un mínimo de dos años desde que se inició la actividad que motivó la licencia”.
El CEA ha dado la razón a Repsol en cuanto a la forma, pero no en cuanto al fondo. El CEA ha anulado el acto administrativo por el que se denegaba la bonificación y ha ordenado retrotraer las actuaciones al momento de la solicitud inicial de Repsol, en julio de 2021.
A partir de ahora, Repsol tendrá la oportunidad de subsanar el defecto que motivó la denegación inicial: la falta de acreditación de la creación de empleo. Si la empresa logra presentar la documentación necesaria, el OGTC deberá reevaluar la solicitud y adoptar una nueva resolución.
Si bien la resolución del CEA supone un revés para el Ayuntamiento y una victoria parcial para Repsol, el futuro de la bonificación del ICIO en el proyecto C-43 sigue incierto. La empresa aún debe demostrar la creación de empleo para obtener el beneficio fiscal, y el Ayuntamiento tendrá la última palabra en la concesión o denegación de la bonificación.
El proyecto C-43 de Repsol, ubicado en las instalaciones de Escombreras en Cartagena, representa una iniciativa pionera en materia de biocombustibles avanzados. Con una inversión de 200 millones de euros, esta planta, que se ha puesto en marcha en abril de este mismo año, se convierte en la primera de su tipo en España y tiene como objetivo principal la producción de 250.000 toneladas anuales de biocombustibles sostenibles.
A diferencia de los biocombustibles de primera generación, obtenidos a partir de cultivos agrícolas, los biocombustibles avanzados se elaboran a partir de materias primas residuales, como aceites vegetales usados, grasas animales y residuos forestales. Esta característica los convierte en una alternativa más sostenible y respetuosa con el medio ambiente, ya que no compiten con la producción de alimentos.
La planta C-43 tiene la capacidad de producir cuatro tipos de biocombustibles avanzados: Biodiésel: Sustituye al diésel tradicional en motores de combustión interna, reduciendo las emisiones de gases de efecto invernadero; Biojet: Se utiliza en la aviación, permitiendo un transporte aéreo más sostenible; Bionafta: Empleada en calefacción y transporte, ofrece una alternativa ecológica a los combustibles fósiles y Biopropano: Sustituye al gas propano convencional en diversas aplicaciones, como la cocina o la calefacción.
La producción y uso de biocombustibles avanzados permite disminuir significativamente las emisiones de gases de efecto invernadero, contribuyendo a la lucha contra el cambio climático. La valorización de residuos como materia prima para la producción de biocombustibles fomenta la economía circular y la gestión eficiente de los recursos. El proyecto ha generado alrededor de 1.000 puestos de trabajo directos e indirectos en la región, impulsando la economía local.