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un año prorrogable a un segundo

El Ayuntamiento prevé invertir 230.000 euros en dos años para asegurar los cerca de 350 vehículos de su flota

7/10/2021 - 

CARTAGENA. El Ayuntamiento de Cartagena prevé una inversión superior a los 230.000 euros para los dos próximos años para asegurar la flota de vehículos terrestres y embarcaciones a motor propiedad municipal. En total son un 341 vehículos, entre turismos, camiones, motocicletas, tractores, semirremolques y embarcaciones a asegurar, un número que arroja una cifra anual de 117.000 euros, que se podría prorrogar por un segundo año, por lo que el Consistorio prevé una inversión que ronda los 234.000 euros por este bienio. El procedimiento de contratación es abierto y el plazo para presentar ofertas finaliza el 20 de octubre.

El seguro debe cubrir la reparación de los daños producidos a terceros, así como los daños y perjuicios ocasionados por las lesiones o fallecimiento del conductor del vehículo causante del accidente, si éste fuera un vehículo asegurado en esta póliza, por hechos de la circulación hasta los siguientes límites establecidos en la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la circulación de vehículos a motor: Daños a las personas; daños a los bienes; asistencia médica, farmacéutica y hospitalaria, gastos de entierro y funeral, etc...

El asegurador deberá garantizar la totalidad de la flota de vehículos del Ayuntamiento, asumiendo la cobertura de vehículos que, por error u omisión involuntaria, no hubieran sido dados de alta en las garantías del seguro y en iguales circunstancias de coberturas al resto de vehículos de similares características. En este supuesto, el asegurador tendrá derecho a percibir la correspondiente prima desde que el vehículo debiera haberse asegurado hasta el vencimiento unificado de la flota. 

Esta extensión de cobertura será válida aún en el caso de ocurrencia de siniestros. En el caso de inclusión de nuevos vehículos durante la anualidad del seguro, la entidad aseguradora procederá a incluirlos en la misma mediante la correspondiente póliza y recibo o certificado de seguro hasta el vencimiento de la misma. Dicha prima anual deberá ser igual a la correspondiente a un vehículo del mismo grupo de los ya asegurados y se hará prorrateada hasta el vencimiento.

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