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"para garantizar la calidad y estabilidad del sector"

El Ayuntamiento de Murcia revisará el precio de los contratos de obras ante la subida de costes

6/04/2022 - 

MURCIA. El Servicio de Contratación del Ayuntamiento de Murcia, junto con los distintos servicios técnicos, va a revisar las tarifas de los contratos de obras afectados por la subida de precios para dar respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania.

Asimismo, se quiere dar solución al problema del alza de los costes de producción, unos precios que ya se habían visto afectados por la pandemia repercutiendo de manera directa en la ejecución de determinados contratos de obras del sector público.

El vicealcalde, Mario Gómez, ha manifestado que "con esta medida intentamos evitar la renuncia a las adjudicaciones realizadas por la administración debido a los altos costes que le supone desde la licitación hasta la adjudicación. Todo con el fin de garantizar la perfecta ejecución de obra en los plazos estimados. Se evita, asimismo, ocasionar un perjuicio a las empresas y a los vecinos".

El consistorio se suma a las medidas en materia de revisión excepcional de precios en los contratos de obras del sector público recogidas en el Título II del Real Decreto - ley 3/2022 del 1 de marzo, el cual está atrayendo como consecuencia una gran inestabilidad en los precios, más allá del alza que venían sufriendo en 2021.

En esta modificación, se amplia el ámbito de aplicación de la revisión excepcional de precios a las obras que se encuentren en alguna fase del proceso de contratación y a aquellos contratos cuya licitación se produzca en un plazo de un año desde la entrada en vigor del nuevo Real Decreto - ley.

Las medidas que recoge esta normativa aprobada tienen como fin:

  • Ampliar los contratos a los que se reconoce la revisión de precios incluyendo los que se encuentren en alguna fase del proceso de contratación a la entrada en vigor del mismo. También, aquellos cuya licitación se produzca en un plazo de un año desde la entrada en vigor, salvo en el caso de las entidades del sector público que operen en sectores regulados cuyo régimen de inversiones se hubiera cerrado en los últimos 9 meses.
  • Se establece un periodo máximo de dos años, como periodo de referencia, para realizar el cálculo de reconocimiento del impacto directo y relevante del incremento de los costes de los materiales.
  • Se establece la posibilidad de que, previo informe del Comité Superior de precios de Contratos del Estado, se puedan determinar otros materiales adicionales a los ya establecidos inicialmente.
  • Adaptación de los criterios de cálculo a las circunstancias del nuevo contrato. Así, se aplicará la revisión de precios desde el 1 de enero de 2021 o desde la primera certificación si ésta fuera posterior.
  • El contratista puede presentar la revisión hasta que el órgano de contratación apruebe la certificación final de las obras.
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