MURCIA (Efe). El ayuntamiento de Murcia ha recurrido ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de la Región la sentencia de un juzgado que lo condenó a devolver una cantidad cercana a los 21 millones de euros a la empresa promotora de un convenio urbanístico suscrito en 2008 para el desarrollo de la expansión norte, en Nueva Condomina.
La sentencia del juzgado señalaba que circunstancias sobrevenidas, derivadas de la anulación por aquel tribunal, en 2016, del Plan Especial de Infraestructuras hacía inviable el desarrollo del convenio, por lo que acordaba su resolución.
Ello conllevaba la obligación del Consistorio de devolver las cantidades recibidas en cumplimiento del mismo, junto con los intereses correspondientes. La empresa demandante, Mamusa, S.L., alegó también como uno de los fundamentos de su recurso que el ayuntamiento, anulado el Plan Especial de Infraestructuras por los tribunales, no había sido diligente para resolver los problemas derivados de ello.
En el recurso presentado por el Consistorio, que está a la espera de que se fije la fecha de deliberación, votación y fallo por el tribunal se rechazó la falta de diligencia alegada por la empresa. Así, señaló que "el ayuntamiento ha cumplido sus obligaciones, en especial, en cuanto a la aprobación de los instrumentos de planeamiento y gestión presentados", por lo que, añadía, no existe incumplimiento alguno que justifique la resolución del convenio.
Además, reprochó a la empresa que no hubiera presentado, para su aprobación, el proyecto de reparcelación o de innecesaridad de la misma, a lo que se supeditaba el pago del 50 por ciento de la cantidad del acuerdo.
Según los términos del convenio urbanístico, la empresa promotora pagaría un 25 por ciento del presupuesto total, fijado en 41,6 millones de euros, tras la aprobación inicial del Plan Parcial; otro 25 por ciento tras la aprobación definitiva, y el 50 por ciento restante, una vez producida la reparcelación.
De esos compromisos de pago, la empresa abonó ya el 50 por ciento, según se recoge en el recurso municipal, en el que se indica que efectuados los ingresos correspondientes se procedió a rebajar los avales prestados.
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El Ayuntamiento de Murcia recurre la sentencia que lo condena a devolver 21 millones a una promotora
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