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la Comunidad ha destinado una partida de 1.345.290 euros

Desde este lunes se pueden solicitar ayudas al estudio, para alumnos de los niveles educativos obligatorios

30/05/2021 - 

MURCIA. La Consejería de Educación abrirá este lunes el plazo de solicitud de las ayudas al estudio para alumnos de los niveles educativos obligatorios que estén escolarizados en centros sostenidos con fondos públicos durante el curso 2021-2022.

Para ello, la Comunidad ha destinado una partida de 1.345.290 euros que podrá verse aumentada hasta los 1.500.000 euros en caso necesario.

Los importes máximos de cada ayuda son de 110 euros para los alumnos de primer y segundo nivel de Educación Primaria, y de 150 euros para los de tercero y cuarto nivel de ESO, según el extracto de la Orden suscrita por la titular de Educación, María Isabel Campuzano, recogida este viernes en el Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM).

El periodo de presentación de solicitudes se extenderá 15 días hábiles. Además, la Consejería podrá admitir, de forma extraordinaria, las presentadas del 1 al 15 de septiembre siempre que provengan de alumnos de otras comunidades autónomas u otros países que se incorporen a un centro escolar sostenido con fondos públicos de la Región de Murcia.

También excepcionalmente podrán ser admitidas las peticiones una vez finalizados los plazos establecidos para los alumnos que, por escolarización obligatoria, se incorporen a un centro escolar con posterioridad al 15 de septiembre. 

Según apunta la Orden, será requisito para obtener estas ayudas que los ingresos de la unidad familiar durante el año 2020, calculados según la base reguladora, no superen los umbrales máximos en función del número de miembros computables.

Así, para un miembro computable el umbral establecido es de 6.779 euros; para dos, 8.135 euros; para tres, 9.490 euros; para cuatro, 11.524 euros; para cinco, 13.558; para seis, 15.591; para siete, 17.625, y para ocho, 19.659 euros. A partir de ese número, se añadirá por cada miembro computable adicional 1.356 euros.

Se denegará la ayuda cuando alguno o varios de los miembros computables de la unidad sean titulares de cualquier actividad económica cuyo volumen conjunto de facturación durante 2020 haya sido superior a los 40.000 euros.

Tendrán preferencia los solicitantes que acrediten haber perdido poder adquisitivo debido a situación de desempleo, ERTE, ERE o paralización de la actividad económica o empresarial que realizan por cuenta propia debido a la crisis sanitaria, así como las víctimas de violencia de género y de un acto terrorista por el que el alumno o sus padres o tutores hayan sufrido daños personales de especial
trascendencia.

Las ayudas son incompatibles con otras que los beneficiarios puedan obtener para la misma finalidad de otras administraciones públicas o entidades públicas o privadas.

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