Cultura 'blinda' el búnker de la Guerra Civil hallado en la playa de Las Delicias de Águilas 

17/05/2022 - 

MURCIA (EUROPA PRESS). La dirección general de Patrimonio Cultural, dependiente de Consejería de Cultura, ha incoado el procedimiento de declaración de bien catalogado por su relevancia cultural a favor del búnker o casamata de la playa de Las Delicias en Águilas, cuya construcción tuvo lugar en el verano de 1937.

Según recogía este lunes el Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM), este bien, que se redescubrió recientemente en el interior de una parcela en la calle Pescador de la urbanización 'Francina', es semejante a otros búnkeres catalogados en el planeamiento municipal de Águilas.

También denominado casamata o 'nido de ametralladoras', este tipo de construcciones surge durante la Guerra Civil como consecuencia de la adopción de nuevas técnicas de defensa y del uso de nuevos materiales, como el hormigón y el acero, por la ingeniería defensiva militar.

Tiene planta cuadrada, con orientación noreste-suroeste, y unas dimensiones aproximadas de cinco por cinco metros. Está re-excavado en el terreno, lo que mejora sus prestaciones defensivas y de mimetización. Responde al tipo de casamata habilitada para dos máquinas o ametralladoras.

Se accede por un estrecho pasillo que da a un habitáculo transversal de planta rectangular, en cuyo frente se abren los dos senos que acogen las plataformas para el asiento de las ametralladoras. Ambas están precedidas por una banqueta o rebanco para apoyo del tirador, y en la parte posterior hay sendos depósitos para almacén de la munición.

El espacio habilitado para el asiento de las ametralladoras está dividido por un muro de hormigón. Las troneras situadas en la parte frontal son rectangulares, de unos 0,20 metros de altura, mientras que la losa superior de hormigón tiene unos 0,50 metros de espesor. En su construcción se observan hierros compatibles con restos de raíles u otros elementos reutilizados.

Con seno doble para dos máquinas y sendos almacenes de munición en la parte de atrás, este tipo de espacios fue construido en hormigón en masa, u hormigón armado, con el frente orientado hacia el mar y la entrada por la parte posterior. En todos los casos son de techo plano y disponen de un perfil muy bajo, lo que favorece su mimetización con el entorno.

Tiene unas características formales y constructivas muy similares a los catalogados en playa de la Tortuga, en Calarreona, y Matalentisco (I y II), y junto con otros diseminados entre este término y el borde de la provincia de Almería formaba parte de la línea defensiva costera de Águilas durante la Guerra Civil.

Durante el conflicto, Águilas estuvo adscrita a la Comandancia Exenta de Almería, que abarcaba desde Cabo Cope hasta la línea de frente que, tras la toma de Málaga en febrero de 1937, se situaba en la Sierra de Lújar, al este de Motril (Granada). La caída de Málaga motivó que las autoridades republicanas acelerasen la construcción de instalaciones defensivas en el litoral ante la inminencia de un posible ataque de los sublevados.

Así, se planificaron y se construyeron baterías de costa y antiaéreas, estructuras fortificadas, como trincheras y búnkeres, y refugios antiaéreos; se desarrolló la defensa pasiva y se vio la necesidad de contar con nuevos puestos de información y observación. En conjunto, estos trabajos se prolongaron hasta los primeros meses de 1938.

En el litoral de Águilas se edificaron búnkeres o casamatas para ametralladoras en Calabardina, en el barrio de Colón (playa de las Delicias), Rocaor (playa de la Colonia), Casica Verde (playa de Poniente), en playa de Matalentisco y en playa de la Tortuga (Calarreona), dentro de un sistema que tenía continuidad en el litoral almeriense.

Los investigadores Francisco Javier Fernández Guirao y Juan de Dios Hernández García consideran que el diseño de estos búnkeres se debe al ingeniero militar Federico Tenllado Gallego.

Con la publicación de esta resolución en el BORM, la Comunidad hace saber a los titulares de los terrenos afectados que deberán conservar, custodiar y proteger los bienes, asegurando su integridad y evitando su destrucción o deterioro, conforme a lo dispuesto en el artículo 8, apartado 2 de la Ley 4/2007.

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