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Aunque aumentan un 27% los de empresa

Caen los nuevos convenios sectoriales en la Región: pasan de siete a tres en 2021

16/05/2022 - 

MURCIA (EFE). La Región de Murcia registró 25 convenios colectivos de nueva negociación (3 de sector -un 58,6% menos que en 2020- y 22 de empresa -un 27,28% más que el año anterior-) en 2021, último año de vigencia de la reforma laboral de 2012, modificada a finales del año pasado por el Consejo de Ministros y convalidada en las Cortes el pasado mes de febrero, según el informe realizado por el Consejo Económico y Social de la Región de Murcia.

La nueva legislación laboral recupera la ultraactividad indefinida en los convenios, lo que supone una vuelta a la situación previa a 2012, y el convenio de empresa deja de ser prevalente en materia salarial, además de recuperar el papel central y fortalecer el ámbito legítimo de actuación de los negociadores de convenios colectivos.

En 2021, en la Región de Murcia se firmaron en 2021 tres convenios más que en 2020, año marcado por la pandemia de Covid-19, de los cuales tres fueron del sector, con 237 empresas y 2.036 trabajadores afectados y una subida salarial del 1,41 %.

Así, estos acuerdos incumben a las industrias pimentoneras (35 empresas con 1.000 trabajadores y una subida salarial del 1,5%); oficinas y despachos (200 mercantiles, 1.000 empleados y una subida salarial del 1,25 %) y remolcadores del tráfico interior del puerto de Cartagena (dos empresas, con 36 trabajadores y un 0,75 % de subida salarial).

El CES ha recordado que las "importantes disposiciones" incorporadas a la legislación laboral no han podido tener plasmación en los convenios colectivos negociados en 2021, pero es previsible que sí impacten en el contenido de las ententes firmadas en 2022.

Este órgano consultivo ha considerado "reseñable" la minoración en el número de convenios colectivos de sector, que de 7 en 2020 pasan a 3 en 2021, y el crecimiento de los convenios colectivos de empresa, que de 16 en 2020 escalan a 22 en 2021, dando entrada a nuevas unidades de negociación.

Pese a la diversidad de criterios, el CES aprecia que, cada vez más, los negociadores huyen con más intensidad de las duraciones especialmente breves de los convenios, ya el que cerca del 90% de los nuevos convenios de empresa opta por fijar una duración igual comprendida entre los tres y los cuatro años.

Respecto a la ultraactividad del convenio, todos los convenios sectoriales y más de 80% de los convenios de empresa de nueva creación contemplan la prórroga íntegra del convenio colectivo una vez denunciado.

Aunque como regla general el convenio colectivo surte efectos desde su firma, el 80% de los convenios de ámbito de empresa y el 100% de los convenios de sector retrotrae todos o parte de sus efectos, normalmente los económicos, a una fecha anterior al momento de su firma, normalmente a 1 de enero de 2021 e, incluso, hasta enero de 2018 y enero de 2020, lo que demuestra la larga duración de la negociación.

El CES echa "en falta" las licencias relacionadas con la conciliación de la vida laboral y familiar, de las que sí dan buena muestra las empresas públicas, singularmente el ayuntamiento de Murcia, como las destinadas a asistir a reuniones de seguimiento escolar de los hijos en el centro en el que se hayan escolarizados, o para asistir a reuniones de coordinación de centros educativos especiales cuando se tienen hijos discapacitados.

Por lo que hace a la licencia por lactancia, además de la adaptación del texto negocial a la nueva redacción del art. 48.f) del Estatuto de los Trabajadores, este órgano consultivo cree conveniente que los acuerdos no se limitaran a señalar la posibilidad de acordar la acumulación de la lactancia y se concretara el periodo de acumulación.

En 2021, como ya ocurriera en los últimos ocho años, han aumentado considerablemente el número de convenios que regulan la licencia para asistir a la consulta médica, y aunque sigue siendo inferior la cifra de los que aluden a la posibilidad de acompañar al cónyuge o a un familiar a la consulta médica, esta también va en aumento.

Mientras, la regulación de las licencias previstas para los casos de violencia de género es "ínfima", según el CES.

En cuanto a la cláusula de actualización automática de los conceptos económicos, en 2021 se incluye en los tres convenios sectoriales y en el 70 % de los de empresa, mientras que la cláusula de garantía salarial, está presente en todos los acuerdos del sector y casi en la mitad de los de empresa.

El CES también ha indicado que el complemento de participación en beneficios prácticamente ha desaparecido de la negociación colectiva regional y que los convenios sectoriales no incluyen los complementos por productividad, mientras que el complemento salarial funcional se incluye en más del 40% de nuevos convenios estudiados.

Dos de cada tres nuevos convenios sectoriales y tres de cada cuatro convenios de empresa se han ajustado al compromiso fijado en el Acuerdo regional de negociación colectiva 2018/2020 de garantizar un salario mínimo anual de, al menos, 14.000 euros.

El informe refleja que sigue teniendo un tratamiento "muy escaso" el contrato de obra o servicio, pese a que en la práctica es una figura contractual muy utilizada, en muchas ocasiones para camuflar auténticos contratos fijos, además de no especificarse exactamente cuáles son las concretas tareas en las que procede.

A pesar de que durante el año 2021 ya había entrado en vigor la obligación de elaborar un plan de igualdad para las empresas de más de 50 trabajadores, las referencias a este tipo de textos en la negociación colectiva murciana siguen siendo "muy escasas e imprecisas", según el CES.

Así, el informe indica que es muy habitual encontrar, tanto en el ámbito de sector como de empresa, previsiones en virtud de las cuales se concede preferencia, bien en la contratación, bien en el ascenso, al sexo menos representado.

Sin embargo, no se trata ésta de una cláusula directamente aplicable, puesto que, si no va acompañada de una lista de criterios o factores puntuables, no será más que una previsión "meramente genérica" y una "mera declaración de intenciones sin aplicabilidad ni exigibilidad directa". 

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