La empresa Mex-Sol recibe el 'ok' para poner en marcha su proyecto 'Huerto Solar FV'

Autorizan la construcción de una planta solar de 49 megavatios en Cañada Alta con una inversión de 25 millones

15/06/2022 - 

MURCIA. La empresa con sede en Lorca Mex-Sol obtiene el 'ok' definitivo de la Comunidad para levantar su proyecto de planta fotovoltaica 'Huerto Solar FV' en Cañada Alta, ubicado en el término municipal de Murcia. La Dirección General de Energía, Actividad Industrial y Minera publicó este lunes en el boletín regional (BORM) la resolución con su autorización (tanto la administrativa previa como la administrativa de construcción).

El presupuesto de la instalación asciende a un total de 25 millones (25.271.935, para ser exactos), tal y como se recoge en el anuncio de información pública, publicado en el BORM el 20 de mayo de 2021.

¿Su finalidad? La producción de energía eléctrica y su evacuación a la red de distribución. Se trata de una planta solar fotovoltaica en estructura con seguidor a un eje de 49,50 MWp, con 48.878 paneles de 405 Wb y 80.352 paneles de 410 Wb. Tiene además "dos posiciones de línea correspondiente a la conexión con la LAAT (línea de alta tensión) El Palmar y Las Torres de Cotillas".

Necesitó de una evaluación de impacto ambiental

El proyecto tuvo que someterse al correspondiente informe de evaluación de impacto ambiental porque "podría tener efectos significativos sobre el medio ambiente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 47 de la ley de 21/2013 de Evaluación Ambiental", según recoge el propio documento, consultado por este periódico.

El inicio del expediente, de hecho, se remonta al 2018, cuando la empresa presentó su solicitud de autorización. En 2019 la Dirección General de Medio Ambiente dictó una resolución advirtiéndole de que el proyecto podría tener efectos significativos sobre el medio ambiente, por lo que se debía someter a una evaluación de impacto ambiental ordinaria.

En 2020, los promotores presentaron una solicitud de inicio de evaluación de impacto ambiental que fue sometida a información pública. En 2021, el proyecto recibió alegaciones por la asociación Huermur (Asociación para la Conservación del Patrimonio de la Huerta de Murcia), que solicitó el acceso a la documentación técnica y pidió que se les consideraran personados e interesados en la tramitación del expediente.

A finales de 2021, la Dirección General de Medio Ambiente formuló una declaración de impacto ambiental favorable. En enero la asociación Huermur presentó un nuevo escrito de alegaciones. Sin embargo, el inspector jefe emitió un informe técnico favorable a la planta.

Finalmente, la Dirección General de Energía, competente en materia de energías renovables, considera que la tramitación del expediente ha cumplido los preceptos establecidos en la ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y en el Real Decreto 1955/2000. También señala que "no se han recibido informes por parte de los organismos consultados que se opongan al proyecto presentado". 

Y reseñan que "las alegaciones recibidas durante el periodo al que ha sido sometido a información pública han sido desestimadas al carecer de fundamento, puesto que el alegante solicitaba acceso a la información del proyecto y esta ha sido facilitada en las fases de información pública". Apostillan igualmente que "la empresa solicitante tiene acreditada la capacidad legal, técnica y económica-financiera para la ejecución del proyecto".

Por todo ello, concluye: "Vistas las disposiciones legales citadas, y las demás normas de general aplicación, en base a la propuesta de resolución del jefe de Servicio de Energía, favorable a la autorización solicitada se emite la siguiente resolución: Otorgar a la empresa Mex-Sol 1492, Sociedad Limitada, la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción de la instalación eléctrica de alta tensión "Huerto Solar FV mediante seguidor solar a un eje de 49,50 MWp - Cañada Alta".

Condiciones

No obstante, la Dirección General pone condiciones en su resolución a la empresa. Entre las indicaciones, destacan la obligación de que la empresa titular será "responsable del uso, la conservación y el mantenimiento, de acuerdo con las condiciones de seguridad que requiere la normativa vigente".

Asimismo, el plazo para la realización de las instalaciones será de doce meses "a partir de la fecha real de ocupación de las fincas que han de ser afectadas, y después de que se disponga de todas las autorizaciones, licencias, permisos e informes preceptivos para su legal ejecución".

Del mismo modo, la Dirección General de Energía "podrá realizar durante las obras y una vez acabadas, las comprobaciones y las pruebas que considere necesarias, en relación con el cumplimiento de las condiciones generales y especiales de la resolución".