EDUCACIÓN

El presidente Sánchez se pone al frente de la lucha contra el 'pin parental' de Murcia

El presidente Sánchez se pone a la cabeza en la lucha contra los consentimientos familiares implantados en la Comunidad

16/01/2020 - 

MURCIA. El Gobierno de España acudirá a los tribunales para pedir la retirada del llamado 'pin parental' implantado en la Región de Murcia desde septiembre de 2019. El ministerio de Educación recurrirá por la vía judicial cualquier iniciativa dirigida a socavar "el derecho a la educación y censurar la actuación de los centros docentes y su profesorado". 

Así lo ha indicado este jueves la ministra de Educación, Isabel Celaá. Poco después, el presidente del Ejecutivo nacional, Pedro Sánchez, ratificaba el anuncio de la ministra y comunicaba en Twitter que plantarán batalla en los tribunales. "El 'pin parental' vulnera el derecho de los niños y niñas a la educación. Se trata de un derecho fundamental, de un derecho constitucional. Por eso, Educación recurrirá ante los tribunales la decisión del Gobierno de la Región de Murcia. Seremos firmes", tuiteaba el presidente, que también se ha unido al hashtag (etiqueta) #NoAlPinParental.

Para el Gobierno central, la implantación de esta autorización familiar en los centros educativos murcianos "es contraria a la Ley Orgánica de Educación (LOE), las propias normas autonómicas de esta región, así como a la Ley Contra la Violencia de Género". El 'pin' pretende que los padres de los alumnos tengan que autorizar de manera previa y expresa la asistencia de sus hijos a cualquier tipo de actividad celebrada en el centro escolar, recibiendo una información anticipada de todas ellas.

Esta iniciativa ha generado "una gran controversia y rechazo por parte de la comunidad educativa". No en vano, la noticia de que el Gobierno murciano -formado en coalición por PP y Ciudadanos- estaría dispuesto a asumir el 'pin' en su acuerdo de Presupuestos con Vox generó una ola de críticas en la Región de Murcia. Los partidos de la oposición, los sindicatos, las asociaciones de padres y madres, y los colectivos LGTBI se unían al rechazo de la medida, criticando que el Ejecutivo murciano "se entrega a las ideas de la ultraderecha".

Las instrucciones de comienzo del curso 2019-2020 de la Región recogen la obligación a todos los centros educativos de imponer "esta censura previa" -afirma el Ministerio- para todas las actividades de los centros. Sin embargo, añaden, los alumnos tienen la obligación de asistir a las actividades complementarias programadas por los centros educativos, que además son evaluables. "El veto por parte de los padres a la asistencia de los alumnos a estas actividades supondría una objeción de conciencia encubierta que podría aplicarse a contenidos curriculares y que va en contra de la legislación española", sostiene la ministra en un comunicado de prensa.

“Cualquier norma que recogiera esta censura previa, este veto, vulneraría los derechos de los alumnos y alumnas a recibir una educación integral, para el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales”, ha manifestado Isabel Celaá.

Este veto -recalcan desde el Gobierno central- colisiona con el derecho constitucional fundamental a la educación, además de contravenir diversos tratados internacionales ratificados por España (Convención sobre los Derechos del Niño, Declaración Universal de los Derechos Humanos), así como el Memorándum de la Comisión Europea contra el Racismo y la Intolerancia, la normativa educativa, la legislación sobre la violencia y la normativa específica en materia LGTBI.

La normativa educativa prescribe que son los docentes, en el marco de la autonomía pedagógica de los centros educativos, "quienes tienen la competencia para diseñar las actividades complementarias que consideren convenientes y dar así cumplimiento a lo establecido en los currículos correspondientes".

Por último, la ministra argumenta que el propio Tribunal Constitucional ha señalado en diversas sentencias que el derecho a la objeción de conciencia solo existe en el ordenamiento español en los casos expresamente contemplados por la Constitución y las leyes.

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