Mar Menor

Modificada la normativa del Mar Menor para autorizar fondeos recreativos limitados

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Murcia (EFE).-El Gobierno de España ha modificado la prohibición de fondeo en el Mar Menor que lo establecía desde 2024 para toda su superficie por ser zona de especial protección para las aves con el fin de permitirlo en las zonas autorizadas por el de Murcia.

En el Boletín Oficial del Estado de este martes se aclara que se procura una redacción coherente con la necesaria protección de la albufera salada y la práctica de la navegación de recreo que tradicionalmente tiene lugar en sus aguas.

El fondeo tradicional de buques y embarcaciones en verano en zonas próximas a la costa para disfrutar de una jornada de baño o descanso o del entorno queda limitado a un máximo de 24 horas y prohibido en las áreas de especial protección de la biodiversidad marina, incluidas las praderas de fanerógamas marinas y sobre sustratos rocosos, así como zonas con presencia de nacras.

También en las destinadas a uso de cultivos marinos o militar o las que acuerde Capitanía Marítima de Cartagena.

Se permitirán fondeaderos de visita en las zonas autorizadas por el Gobierno de Murcia, en ningún caso con estructura sumergida, cabo o cadena.

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