MADRID (EFE). El Tribunal Constitucional (TC) ha rechazado la ponencia que declaraba inconstitucional el decreto ley relativo a los repartidores de plataformas digitales, conocido como la ley rider, que prohíbe que estas plataformas puedan utilizar a trabajadores autónomos como repartidores.
Fuentes del tribunal de garantías han explicado a EFE que el magistrado conservador Ricardo Enríquez ha retirado su ponencia, que estimaba el recurso de inconstitucionalidad de Vox, al no contar con los apoyos suficientes para sacarla adelante.
Enríquez ha tomado esta decisión al constatar que la mayoría progresista no iba a respaldar su ponencia que, sin embargo, no se ha llegado siquiera a someter a votación.
Así las cosas, el Pleno ha acordado que en los próximos cónclaves se delibere otro recurso del PP contra la misma norma, cuyo ponente es el magistrado Ramón Sáez, que desestime este recurso y avale la constitucionalidad de la ley, añaden las fuentes.
Ya después, Enríquez presentará de nuevo su ponencia, esta vez siguiendo el criterio que fije previamente el recurso del PP.
Vox interpuso un recurso de amparo asegurando, por medio del diputado Juanjo Aizcorbe, que esta legislación acabará haciendo que los "riders" sean subcontratados y no dejen de ser precarios.
Además, el partido de Santiago Abascal censuró "las formas" del Ejecutivo, que inicialmente pretendía aprobar la norma vía decreto ley, y le reclamó sentarse con las plataformas que utilizaban a autónomos como repartidores -como Deliveroo, Glovo, Stuart o Ubereats- y con los propios "riders" para conocer sus argumentos.
Aizcorbe recordó que en otros países europeos ya se está abriendo un debate sobre la figura del "autónomo digital", mientras que en España se ha optado, a su juicio, por un camino que "puede suponer más miseria y paro" para el colectivo de repartidores.
El Tribunal Constitucional rechaza la ponencia que declaraba inconstitucional la 'ley rider'
Murcia Plaza
- Foto: A. MARTÍNEZ VÉLEZ/EP
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