Nuevo frente judicial en materia de personal en el Ayuntamiento de Cartagena. El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de la ciudad portuaria ha declarado nula la resolución municipal que acordó la jubilación forzosa de un agente de la Policía Local tras serle reconocida una incapacidad permanente total. El fallo obliga a la administración local a reincorporar al trabajador y a articular las medidas necesarias para adaptarle el puesto o reubicarlo.
La resolución judicial se fundamenta en la primacía del Derecho de la Unión Europea y en la jurisprudencia comunitaria derivada de la Directiva 2000/78/CE. El juzgado dictamina que la incapacidad funcional no habilita a la Administración a decretar la pérdida automática de la condición de funcionario sin haber valorado previamente la viabilidad de aplicar los correspondientes «ajustes razonables» que permitan preservar su empleo.
Duras críticas sindicales
El decreto revocado, firmado el 17 de mayo de 2024 por el director general de Empleo Público e Interior, ha desencadenado una contundente reacción de UGT Servicios Públicos. La organización sindical sostiene que no se trata de un simple error administrativo, sino del síntoma de un modelo de Recursos Humanos que colisiona de forma reiterada con los derechos laborales del personal público.
"No estamos ante un problema de interpretación menor, sino ante decisiones que afectan directamente al empleo, los derechos y la dignidad de las personas. Cuando los tribunales obligan una y otra vez a rectificar, alguien tendrá que explicar qué está fallando", denuncia José Juan González, responsable de Administración Local de UGT Servicios Públicos.
El representante sindical critica que el Ayuntamiento haya optado por interponer un recurso contra la resolución en lugar de acatarla de inmediato, una vía que, a su juicio, "aumenta el perjuicio moral y económico del trabajador" y repercute sobre las arcas municipales: "La vía judicial no puede convertirse en el mecanismo ordinario para que el personal municipal consiga que se respeten sus derechos". Por todo ello, UGT reclama la ejecución inmediata del fallo, la asunción de responsabilidades y una revisión profunda de los protocolos de Recursos Humanos.
La postura municipal: amparo en el EBEP y defensa del criterio técnico
Por su parte, los servicios jurídicos del Ayuntamiento de Cartagena ya han formalizado un recurso contra la sentencia, defendiendo la estricta legalidad del procedimiento adoptado en base al marco normativo vigente.
Fuentes de la Asesoría Jurídica municipal argumentan que el recurso se fundamenta en el tenor literal del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP). Dicha norma estatal establece la incapacidad permanente para el ejercicio de las funciones propias de la escala como causa de jubilación y pérdida de la condición de funcionario, sin fijar un cauce legal previo de reubicación o ajustes razonables idéntico al contemplado para el personal laboral.
Asimismo, desde el Consistorio defienden la labor de la estructura técnica municipal, remarcando que las decisiones de personal se adoptan bajo criterios estrictamente profesionales y normativos. "Como cualquier acto administrativo, está sujeto a control e interpretación judicial; que un fallo de primera instancia pueda corregir una resolución no desautoriza el rigor de los técnicos", argumentan desde la administración, zanjando que "decir que una decisión judicial en primera instancia invalida la gestión de los recursos humanos es tan injusto como afirmar que una sentencia adversa desautoriza a todo el movimiento sindical".