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Las restricciones de la Navidad: qué se puede hacer y qué no en la Región de Murcia

24/12/2021 - 

MURCIA. La covid amenaza de nuevo la celebración de la Navidad. Con un nuevo récord de positivos cada día, la propagación del coronavirus no ha logrado ser contenida antes de las fiestas de fin de año, de forma que ahora las Administraciones públicas han comenzado a tomar medidas cada vez más drásticas para frenar los contagios. 

Aunque hay una serie de medidas comunes a todos los ciudadanos de la Región, también existen algunas diferencias según el nivel de alerta en el que se encuentra cada municipio. En estos momentos, hay 2 municipios en nivel de riesgo 2, 7 en nivel 3 y 36 en nivel 4. Esto es lo que se puede hacer y lo que no en los 45 municipios a partir de este 24 de diciembre, según las normas publicadas en el BORM y en el BOE y las indicaciones del portal Murcia Salud recopiladas por Murcia Plaza.

Nivel de alerta municipal

-¿Qué municipios presentan un nivel de alerta 1 (bajo)?

-En estos momento no hay ningún municipio en este nivel de riesgo.

-¿Qué municipios presentan un nivel de alerta 2 (medio)?

-Abanilla y Campos del Río.

-¿Qué municipios presentan un nivel de alerta 3 (alto)?

-Calasparra, Lorca, Mazarrón, Mula, Pliego, Puerto Lumbreras y Ulea.

-¿Qué municipios presentan un nivel de alerta 4 (muy alto)?

-Abarán, Águilas, Albudeite, Alcantarilla, Los Alcázares, Aledo, Alguazas, Alhama de Murcia, Archena, Beniel, Blanca Bullas, Caravaca de la Cruz, Cartagena, Cehegín, Ceutí, Cieza, Fortuna, Fuente Álamo, Jumilla, Librilla, Lorquí, Molina de Segura, Moratalla, Murcia, Ojós, Ricote, San Javier, San Pedro del Pinatar, Santomera, Torre Pacheco, Las Torres de Cotillas, Totana, La Unión, Villanueva del Río Segura y Yecla.

Movilidad

-¿Se puede circular por cualquier municipio de la Región de Murcia?

-Sí, sin ninguna restricción.

-¿Se puede cruzar hacia otra provincia vecina?

-También.

-¿Hay toque de queda?

-No. Se puede salir de casa en cualquier momento.

-¿Hay cierre de actividad no esencial?

-Sí, desde la 1 de la madrugada hasta las 06.00 horas. Esto significa que todo negocio o servicio no esencial (por ejemplo, un bar) no puede abrir en esa franja horaria.

-¿Es obligatorio llevar puesta la mascarilla?

-Sí, tanto en el exterior como en interiores. 

-¿Y al hacer deporte?

-No, no es necesario llevar la mascarilla para hacer deporte.

Reuniones

-¿Cuántas personas no convivientes se pueden reunir en lugares al aire libre?

-No hay ningún límite establecido.

-¿Y en espacios cerrados?

-Tampoco. Solo hay límite en la hostelería.

-¿Hay límite máximo en lugares de trabajo?

-No. La actividad reglada, como la laboral o la institucional, siempre ha estado excluida de las limitaciones de reuniones. 

Hostelería

 Foto: JUANCHI LÓPEZ

-¿Cuántas personas no convivientes se pueden juntar en la mesa de un bar de una terraza?

-Al aire libre, un máximo de 12. 

-¿Y el interior de un restaurante? 

-10 comensales como máximo.

-¿Cuál es el aforo máximo para los exteriores de la hostelería?

-El 100%.

-¿Y en el interior?

-El 75% si se pide el pasaporte covid. Si no, depende de los límites que marquen los niveles de alerta municipales.

-Municipios nivel 2: 75% del aforo.

-Municipios nivel 3: 50% del aforo.

-Municipios nivel 4: 30% del aforo.

-¿Es obligatoria la mascarilla en la hostelería?

-Sí, lo es, salvo en el momento de la ingesta de comida y/o bebida.

-¿Se puede tomar una caña en la barra?

-Sí, se permite el consumo en barra. Eso sí: es obligado estar sentado, nunca de pie.

-¿Se puede consumir de pie?

-No, está prohibido

-¿Se puede ir a una discoteca?

Sí. Pero ojo: todos deberán estar sentados y no habrá pista de baile. Y cerrarán a la 1 de la madrugada.

-¿Qué aforo tienen los interiores de pubs y discotecas?

-Municipios nivel 2: 75% del aforo.

-Municipios nivel 3: 50% del aforo.

-Municipios nivel 4: 30% del aforo.

-¿Puedo entrar en un local de ocio nocturno sin tener el pasaporte covid?

-No, para acceder a estos establecimientos es obligatorio mostrar el certificado covid.

-¿Pueden actuar los DJ?

-Por supuesto. Está permitida la actuación profesional, con uso de mascarilla durante la misma. Deben estar a 2 metros de separación del público y a 3 metros si tocan instrumentos de viento.

-¿Se puede consumir comida o bebida durante el espectáculo?

-En actuaciones en el local el servicio de alimentos y bebidas deberá prestarse por camareros directamente en el asiento o mesa asignados. No está permitido el autoservicio ni el consumo en barra.

-¿Se puede hacer botellón en la calle?

-No. En realidad, nunca ha estado permitido el botellón.

-¿Se puede comprar alcohol a partir de las diez de la noche?

-No. El Gobierno regional lo prohibió expresamente: queda restringida la venta de alcohol entre las diez de la noche y las seis de la mañana en gasolineras y establecimientos comerciales como 'chinos'.

-¿Qué ocurrirá con las fiestas Nochevieja y Nochebuena?

-Se equiparan al ocio nocturno. No habrá pista de baile y el cierre será a la 1 de la madrugada.

Tiendas, centros comerciales y mercadillos

-¿Cuál es el aforo de los comercios minoristas?

-El 50%.

-¿Y el aforo de las zonas comunes de los centros comerciales?

-El 50%.

-¿Y cuántos puestos se pueden poner en los mercadillos?

-El 100%.

Cines, museos y bibliotecas

-¿Cuántas personas pueden ir a una biblioteca o a un museo?

-El 50% del aforo.

-¿Cuántas personas pueden ir al cine (o al teatro, al circo o un auditorio)?

-El 50% del aforo.

-¿Los hoteles (así como apartamentos turísticos y otros alojamientos) pueden hacer uso de todas sus plazas?

-Sí.

-¿Y cuál es el aforo de las zonas comunes?

-El 50% del aforo.

-¿Se pueden habilitar las piscinas y los spas del hotel?

-Sí, están permitidos.

-¿Se puede habilitar el servicio de bufets o autoservicio de los hoteles?

-Sí, también está permitido.

-¿Los albergues turísticos tienen alguna restricción particular?

-Sí, en los albergues turísticos ubicados en municipios con nivel de alerta 3 o 4 sólo podrán ocupar la habitación grupos estables de convivencia. En aquellos con nivel de alerta 2 no es requerida esta condición.

Bodas y entierros

-¿Cuántas personas pueden acudir a una boda?

-El 50% del aforo en interiores y el 100% en exteriores. 

-¿Estará permitido bailar?

-No

-¿Cuántos asistentes pueden ir a un funeral (velatorio o entierro)?

-El 50% del aforo.

Eventos multitudinarios, cabalgatas y desfiles de Navidad

 Imagen de la cabalgata de Reyes de Murcia de 2019. Foto: EP -¿Cuántas personas pueden asistir a un acto masivo como máximo?

-El 50% en el interior y el 100% al aire libre.

-¿Se puede estar de pie?

-No, es obligatorio estar sentado.

-¿Habrá alguna restricción extra para los desfiles y cabalgatas de Navidad?

-Ninguna, pero los asistentes deberán permanecer sentados y su recorrido estará debidamente delimitado. Asimismo, se recomienda mantener la distancia de seguridad entre los asistentes.

-¿Y se puede comer y/o beber?

-No, salvo en los espacios habilitados para ello.

Bingo, salones de juego y casinos

-¿Cuál es el aforo de los bingos, salones de apuestas y casinos?

-El 50% del aforo.

-¿A qué hora cierran los casinos, los bingos y los locales de juego?

-A la 1 de la madrugada.

-¿Se puede comer en el bingo?

-Sí.


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