Hoy es 22 de noviembre

Desestimados todos los recursos 

La Audiencia confirma la absolución definitiva del exalcalde Cámara en el 'caso Nueva Condomina'

23/04/2021 - 

MURCIA. El exalcalde de Murcia Miguel Ángel Cámara (PP) ha sido definitivamente absuelto del último caso que tenía pendiente con la Justicia, 'Nueva Condomina'. Y es que la Audiencia Provincial, en una resolución notificada este viernes, ha desestimado el recurso que el fiscal, con la adhesión del Grupo Municipal Socialista en el Ayuntamiento, presentó contra la sentencia dictada en junio de 2018 por el juzgado de lo Penal número Cinco de Murcia, que declaró que ni Cámara ni el jefe de Planeamiento Urbanístico, Joaquín Peñalver, ni el exgerente de Urbanismo, Pedro Morillas, cometieron el delito de prevaricación del que fueron acusados.

La resolución de instancia estimaba que "los hechos declarados probados no eran constitutivos del delito que sanciona a la autoridad o funcionario público que, a sabiendas de su injusticia, dictare una resolución arbitraria en un asunto administrativo", se puede leer textualmente en el fallo.

Pues, como señala la sentencia, recogiendo jurisprudencia del Tribunal Supremo, "a la hora de criminalizar conductas no sólo basta comprobar la ilegalidad del acto administrativo, sino que además es necesario un plus de antijuridicidad que es lo que justifica la intervención del derecho penal. Que desborde la legalidad vigente de modo flagrante y clamoroso".

La Sala, reexaminadas en alzada las actuaciones, concluye que procede "la desestimación del recurso, al entender que la sentencia de instancia fue dictada después de analizar y sopesar las abundantes pruebas, en su mayoría de carácter personal, practicadas en su presencia en el acto del juicio oral".

Asimismo añade que, "con las ventajas y garantías de la oralidad, inmediación y contradicción" el argumento no puede calificarse de "absurdo, ilógico o irracional". Tampoco se aprecia por los magistrados que la resolución "hubiera incurrido en arbitrariedad, error patente o incongruencia omisiva que justifique la pretensión de nulidad de actuaciones mantenida por el Ministerio Fiscal, con la adhesión del Grupo Municipal Socialista", por lo que no procede la nulidad y confirma la sentencia, de signo absolutorio, que fue dictada.

Por tanto ya se ha dado el carpetazo definitivo a las actuaciones que Cámara tenía pendientes con la justicia, ya que contra esta sentencia, dictada en grado de apelación, "no cabe recurso".

Noticias relacionadas

next