calendario laboral 

Este el calendario de festivos para la Región en 2023: el 9 de junio será no laborable, pero no San José

7/04/2022 - 

MURCIA. El calendario laboral de 2023 de la Región recoge 14 festivos, con dos festividades locales que corresponde designar a los ayuntamientos. En la Comunidad, el 9 de junio, día en el que se conmemora la promulgación del Estatuto de Autonomía, será no laborable. Pero para hacer festivo ese día se ha optado por no trasladar la festividad del 19 de marzo al lunes, lo que permite celebrar en cualquier caso la festividad de San José en su fecha (19 de marzo) al ser domingo, y al mismo tiempo disponer como festivos del día de Reyes (6 de enero) y del Jueves Santo.

Las otras doce festividades son nacionales, existiendo la posibilidad de que las comunidades autónomas establezcan sus propias festividades a costa de la supresión de alguna de las nacionales. Así, las festividades nacionales son 1 de enero (Año Nuevo), 6 de enero (Reyes), 19 de marzo (San José), Jueves Santo, Viernes Santo, 1 de mayo (Día del Trabajo), 15 de agosto (Virgen de la Asunción), 12 de octubre (Fiesta Nacional), 1 de noviembre (Todos los Santos), 6 de diciembre (Día de la Constitución), 8 de diciembre (la Inmaculada) y 25 de diciembre (Navidad).

Las fiestas laborales en todo el ámbito territorial de la Región para 2023 serán, además de todos los domingos, el lunes 2 de enero (día siguiente a Año Nuevo); viernes 6 de enero (Epifanía del Señor); jueves 6 de abril (Jueves Santo); viernes 7 de abril (Viernes Santo); lunes 1 de mayo (Fiesta del Trabajo); viernes 9 de junio (Día de la Región de Murcia); martes 15 de agosto (Asunción de la Virgen); jueves 12 de octubre (Fiesta Nacional); miércoles 1 de noviembre (Todos los Santos); miércoles 6 de diciembre (Día de la Constitución); viernes 8 de diciembre (Inmaculada Concepción) y lunes 25 de diciembre (Natividad del Señor).

Posteriormente, los municipios de la Región determinarán dos días con carácter de fiestas locales que por tradición les sean propias, quedando conformado de esta manera el calendario laboral para el próximo año.

El calendario laboral debe ser publicado en el Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM) y remitido al Ministerio de Trabajo y Economía Social con anterioridad al día 30 de septiembre, a fin de publicar el calendario laboral de todo el Estado.


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